La pandemia por Covid 19 transformó la vida en todo el mundo. Cambió la forma en que convivimos, compramos, nos relacionamos y la manera en que trabajamos. En México, muchas empresas optaron por el teletrabajo; de acuerdo con una encuesta realizada por IAE Business School, esta modalidad laboral ha tenido mayor aceptación y las expectativas por continuar en esta vía son altas, por lo que fue necesario reformar el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). De modo que, si tú eres de los que hacen homeoffice, esta información te interesa.
Las adiciones al artículo 311 de la LFT podrían englobarse en lo siguiente:
1.Se deben considerar las condiciones de servicio, medios tecnológicos y ambiente requeridos para realizar las actividades en tiempo y forma. Esto significa que el empleador tendrá que proporcionar las herramientas y equipo necesario, así como el mantenimiento del mismo, para realizar tu trabajo como computadoras, software y papelería. Así mismo, tendrás la responsabilidad de cuidar el equipo y la privacidad de la información que estés manejando, así como cumplir las tareas que se te asignen. También se considera aquí el hecho de que tu empleador deberá cubrir los gastos de luz y de telecomunicaciones que tu trabajo genere.
2.Promover el equilibrio de la relación laboral a fin de que haya trabajo decente e igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social, acceso a mejores oportunidades y demás condiciones amparadas en la LFT. Esto significa que no por trabajar en casa ganarías menos, el trabajo presencial y a distancia tiene el mismo valor. También se garantiza tu derecho a la desconexión, es decir, tus horarios laborales deberán respetarse y no estarías obligado a trabajar o responder fuera de las horas estipuladas.
3.Establece que las obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador sobre salud, seguridad y previsión de riesgos serán presenciales en una Norma Oficial Mexicana. Es decir, no tienen definido aun lo que se consideraría un accidente de trabajo haciendo homeoffice pero garantiza que trabajarán en ello para poder legislarlo.
4.Las autoridades laborales deberán establecer una red nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo que facilite la inclusión de mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores. Tampoco hay nada concreto con esto, pero sí establece que se deberá garantizar la equidad e Pagos iguales presencial o en casa.
Como es de esperarse ante lo rápido que cambió todo en materia laboral por la cuarentena, aún falta mucho por legislar y especificar, por ejemplo, no menciona cómo calcular la parte proporcional de la luz, cuáles son los accidentes laborales, donde empieza la intromisión del trabajo en tu casa y termina tu privacidad personal, sin embargo, se está avanzando. Por ahora, para contrarrestar estos huecos en la Ley, lo que puedes hacer es hablar con tu empleador y llegar a acuerdos que les convengan a los dos. Si quieres conocer las modificaciones más a detalle el decreto por el que se reforma el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, entra a: Diario Oficial de la Federación.